El juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba ha exonerado del pago de una deuda de 1.138.912 euros a un empresario de La Carlota . Su abogado, Antonio Domínguez, de Doant Abogados, y su procurador, David Franco, han mostrado su satisfacción por la sentencia tras un procedimiento que se inició en el año 2018.
Comenta el letrado que «comenzamos con un proceso de acuerdo extrajudicial de pagos con todos sus acreedores ante la notaría de esta localidad en la que el cliente mostraba su insolvencia manifiesta, ya que tuvo una etapa empresarial de hace años que, como le está ocurriendo a mucha gente, se encontraba con que había garantizado todas las operaciones financieras para que su empresa pudiera afrontar el periodo de crisis anterior».
La empresa en la que participa este se declaró en concurso, cerró y todos los acreedores, sobre todo las entidades financieras, dirigieron la reclamación de esa deuda contra las personas que habían avalado. El afectado avaló con una suma importante, rescatando la entidad financiera los bienes que se presentaron como aval y el resto no satisfecho fue reclamado. Al ser una suma cuantiosa, el empresario carecía de crédito y tenía un Asnef muy alto, que le impedía desarrollar con normalidad su vida.
El abogado explica que «se buscó un acuerdo con los acreedores, pero no prosperó, por lo que el procurador remitió el expediente al Juzgado Mercantil número 1 de Córdoba, declarando este por la Ley de Segunda Oportunidad el Concurso Consecutivo de Persona Física no empresario».
Primeras sentencias
Domínguez añade que «la sentencia del magistrado Antonio Fuentes Bujalance no solo le da a esta persona una nueva vida desde el punto de vista económico, lo que supone comenzar de cero, sino que ahora se están viendo las primeras sentencias realmente importantes y se está viendo el efecto real de la Ley de Segunda Oportunidad que mucha gente no se creía».
La sentencia recoge que la exoneración se extiende a todos los créditos, incluyendo los públicos y por alimentos. Domínguez resalta que «es un revulsivo, ya que a nuestro cliente le permite empezar de cero a todos los efectos».
Por otro lado, añade Domínguez que «esta sentencia llega en una época muy especial, donde a una persona no le ha tocado un millón de euros pero sí se lo han quitado de su deuda».
Antonio Domínguez, que es al mismo tiempo miembro de la junta directiva y delegado en Córdoba de la Asociación Profesional de Administradores Concursales Sainz de Andino -Apacsa-, matiza que «aún hay incredulidad, pero el trabajo de abogados, procuradores, funcionarios y medios de comunicación comprobamos que están llegando cada día más casos de la Ley Segunda Oportunidad al mundo judicial que permiten dar una oportunidad real a las personas físicas, al ciudadano de a pie que se ven asfixiado por sus deudas y no puede seguir adelante».
Domínguez asegura que «la Ley de Segunda Oportunidad se ha ido consolidado por criterios judiciales y es la única norma que permite optar a la dación en pago de la vivienda cuando la entidad financiera se opone radicalmente a la entrega de la misma al titular del crédito hipotecario». Asimismo, matiza que «en los últimos años, los juzgados y tribunales, al interpretar la Ley de Segunda Oportunidad, permiten también el efecto contrario, es decir, que si se quiere empezar de cero manteniendo su casa, siempre que cumplas algunos requisitos, permite que se consiga la exoneración de todas las deudas y empezar una nueva vida desde cero, deudas sin que haya que vender o entregar al banco la vivienda habitual, siendo este el revulsivo más importante desde que salió esta ley, en el mes de julio del año 2015».
Antonio Domínguez anima a acudir a cualquier abogado colegiado especializado en la materia, descartando las publicidades engañosas que ya existen en distintas webs y que podrían hacer perder al interesado «la posibilidad única y real de poder empezar una nueva vida».